sábado, 30 de abril de 2016

La Nota de la Congregación del Culto Divino de 1988

Con el crecimiento exponencial que experimentó el Camino Neocatecumenal en la década de los 80[1], muchos Obispos y conferencias episcopales (fundamentalmente europeas[2] y latinoamericanas[3]) comenzaron a solicitar información a la Santa Sede acerca de las celebraciones eucarísticas de las comunidades y a reclamar un documento vaticano que confirmase de manera explícita la validez de las modalidades y prácticas litúrgicas que realizaban, al considerar insuficiente o ambiguo las notas emitidas por la Congregación del Culto Divino en los años setenta. Algunos Obispos llegaron a prohibir, incluso, las celebraciones de la Eucaristía el sábado por la noche y en algún caso la misma existencia de comunidades en su diócesis, al no tener claras las funciones y misión de estas comunidades en la parroquia. Mientras en la diócesis de Roma, el Sumo Pontífice Juan Pablo II, en aquellas mismas fechas confirmaba[4] y animaba el crecimiento de las comunidades en las parroquias que visitaba de su diócesis de Roma y a las que mostraba públicamente su afecto y cariño[5].




Siguiendo las indicaciones de Juan Pablo II y ante las incertidumbres y contrariedades acaecidas, Mons. Giulio Salimei, entonces Obispo auxiliar de Roma,  quiso salir al paso de los sectores más críticos para arrojar luz a algunas dudas mostradas por algunos prelados y conferencias episcopales, mientras se resolvía la cuestión jurídica referente al funcionamiento e inserción del Camino en la parroquia. Mediante la publicación en 1987 de un artículo sobre el Camino[6] , titulado ‘Neocatecumenales, problema o desafío pastoral’ Mons. Salimei buscó responder y defender la realidad que se estaba gestando en numerosas parroquias, presentando,  frente a los más escépticos, el Camino no como un problema, sino como una respuesta a un problema, en referencia a la secularización que empezaba a extenderse por toda Europa. En su escrito acentuaba ciertamente la novedad de un carisma que hundía sus raíces en el Catecumenado de la Iglesia primitiva, ausente durante siglos en la Iglesia y que no había hecho más que empezar, por lo que pedía paciencia y discernimiento para no ahogar la semilla que comenzaba a crecer.

Por otro lado la respuesta definitiva por parte del dicasterio competente para discernir y autorizar lo relacionado con la liturgia en la Iglesia tampoco se hizo esperar. Por expreso deseo del Papa, y habiendo analizado las modificaciones propuestas por los iniciadores para la celebración eucarística, la Congregación para el Culto Divino y Disciplina de los Sacramentos publicó el 19 de diciembre de 1988 la Notificación sobre las celebraciones en los grupos del Camino Neocatecumenal’[7] que será la primera declaración que abordará de una manera explícita las principales novedades litúrgicas de la Eucaristía en el Camino que estaban suscitando mayor recelo en algunas diócesis.

En su mens el entonces Prefecto, el Cardenal Eduardo Martínez Somalo, enumeraba y aprobaba todas las modalidades de la praxis litúrgica-eucarística del Camino previstas. La misma proponía responder a las ‘muchas consultas, incluso de parte de los obispos, sobre la celebración de la Eucaristía en los grupos del llamado Camino Neocatecumenal’.

Dividida en tres pequeños apartados, el documento de la Congregación declaraba por un lado legítimas las eucaristías particulares que celebraba de manera individual cada comunidad dentro de la parroquia, con motivo ‘de una formación específica que les es propiaalegando que cumplían con lo establecido en las ya indicadas instrucciones Eucharisticum mysterium y Actio pastoralis[8] publicadas tras el Concilio; aclaraba y confirmaba la posibilidad de que los neocatecúmenos pudieran ‘recibir la comunión bajo las dos especies, siempre con pan ácimoy por último permitía realizar el rito de la paz antes del ofertorio, trasladándolo ‘ad experimentum después de la plegaria universal’[9]. Como última consideración confiaba a los ‘ordinarios del lugar’ la autorización para la realización de dichas celebraciones en sus diócesis.

La notificación terminaba con toda una declaración de intenciones a cerca de la necesidad de promover y custodiar tales celebraciones por parte de los Obispos: ‘Se exhorta vivamente a los pastores de almas a profundizar y considerar el valor espiritual y formativo de estas celebraciones. Éstas logran su finalidad únicamente si conducen a los participantes a una mayor conciencia del misterio cristiano, al incremento del culto divino, a la inserción en la comunidad eclesial y al ejercicio del apostolado y de la caridad entre los hermanos’.

Quedaban así autorizadas las celebraciones eucarísticas de las comunidades con la aplicación de las ‘novedades litúrgicas’ que se habían solicitado y que habían sido ya previstas por el Concilio. Pero para que no quedara un ápice de duda sobre la legitimidad, catolicidad y validez de la praxis eucarística del Camino, pocos días después de la Notificación, el 30 de diciembre de 1988, el mismo Papa Juan Pablo II quiso presidir personalmente en el centro ‘Siervo de Yavhé’ de Porto San Giorgio[10] la Eucaristía[11] de envío de 72 familias del Camino a la misión, siguiendo el modo de celebrar de las comunidades que la Congregación para el Culto había aceptado. El gesto del Pontífice supuso en aquel momento un verdadero reconocimiento de la importancia del Neocatecumenado para la Iglesia en su síntesis litúrgica, y un espaldarazo que se vio poco tiempo después confirmado con su carta Ogniqualvolta[12], que significó, según Mons. Ricardo Blázquez (actual Presidente de la Conferencia Episcopal Española) ‘un hito en el discernimiento eclesial del Camino’[13] ayudando así a comprender y confirmar su identidad teológica y eclesial como itinerario de formación.

Para el liturgista P. Farnés la Notificación de 1988 sobre la liturgia fue ‘una respuesta oficiosa por parte de la Congregación a las frecuentes consultas que llegan por parte de Obispos, que desean clarificar cómo deben actuar frente a las comunidades neocatecumenales (…) La Notificación interpreta, pues, que en las misas que celebran las comunidades neocatecumenales en concreto pueden darse las condiciones a las que alude Eucharisticum Mysterium –fomentar la vida cristiana o el apostolado (30)- y por ello responde a los obispos que pueden (no que estén obligados) autorizarlas (la Nota no responde directamente a las comunidades neocatecumenales sino a los obispos)’[14].

Por tanto la resolución del dicasterio competente en materia litúrgica se puede considerar como una recomendación exhortativa que no se limitaba únicamente a decir negativamente que los documentos anteriores no obstan a que los Obispos puedan autorizar las misas de referencia, sino que además positivamente les invitaba a velar y defender la plena eclesialidad de las mismas, evitando que fueran subjetivamente interpretadas como celebraciones al margen de la familia eclesial. Siempre es el obispo el último responsable de la vida cristiana de los fieles y de la unidad de la familia eclesial, por lo que él es quien debe juzgar sobre las maneras como esta unidad debe manifestarse en la práctica.

A continuación publicamos el texto de la Nota:


NOTA DE LA CONGREGACION PARA EL CULTO DIVINO Y PARA LA DISCIPLINA DE LOS SACRAMENTOS SOBRE LAS CELEBRACIONES EN LOS GRUPOS 
DEL “CAMINO NEOCATECUMENAL”

La Congregación para el Culto Divino y para la Disciplina de los Sacramentos ha recibido muchas consultas, incluso de parte de los obispos, sobre la celebración de la Eucaristía en los grupos del llamado “Camino Neocatecumenal”. A este respecto, y sin prejuzgar intervenciones posteriores, este Dicasterio declara lo siguiente:

Las celebraciones de grupos particulares reunidos para una formación específica que les es propia están previstas en las Instrucciones eucharisticum mysterium, del 25 de mayo números 27 y 30 (AAS 59.1967, 556-557) y Actio pastoralis del 15 de mayo de 1969 (AAS 61, 1969 806-811).

La Congregación permite que de entre las adaptaciones previstas por la Instrucción Actio pastoralis en los números 6-11, los grupos de dicho “camino” puedan recibir la comunión bajo las dos especies, siempre con pan ácimo, y trasladar “ad experimentum” el rito de la paz después de la plegaria universal.

El Ordinario del lugar deberá ser informado habitualmente o “ad casum”, del lugar y del tiempo en el que se desarrollen esas celebraciones: éstas no se podrán hacer sin su autorización.

Con ocasión de esta declaración, la Congregación reafirma lo que se dice en las Instrucciones antes mencionadas, y de modo especial la recomendación siguiente:

“Se exhorta vivamente a los Pastores de almas a que consideren y profundicen el valor espiritual y formativo de estas celebraciones. Estas alcanzan su finalidad sólo si llevan a los participantes a una conciencia mayor del misterio cristiano, al incremento del culto divino, a  la inserción en el conjunto de la comunidad eclesial, y al ejercicio fecundo del apostolado, y de la caridad hacia los hermanos” (Actio pastoralis).

Desde la Sede de la Congregación para el Culto Divino y para la Disciplina de los Sacramentos, a 19 de diciembre de 1988.

EDUARDO MARTÍNEZ SOMALO
Card. Prefetto

+ VIRGILIO NOÈ
Arciv. tit. di Voncaria
Segretario





[1] Hacía 1987, veinte años después del inicio en las barracas de Madrid, las Comunidades Neocatecumenales se habían extendido a  más de 70 países, 560 diócesis, y 2.700 parroquias.
[2] Mons. Aldo del Monte, llegó a prohibir en su diócesis italiana de Novara el Camino, al igual que el Obispo de Brescia, Mons. Bruno Foresti, que en 1986 prohíbe que se den nuevas catequesis en las parroquias y las celebraciones eucarísticas propias de las comunidades. El 2 de marzo de 1986 la Conferencia Episcopal de Umbría, aun reconociendo la labor del Camino en las parroquias, realizó un escrito donde presentaban algunos puntos de discrepancia, entre ellos algunos referidos a la forma de celebrar la Eucaristía, llegando a solicitar el pronunciamiento de la Sede Apostólica. En España en 1983 se vivió una situación similar en la diócesis de Almería.
[3] Osvaldo D. Santagada, consultor del Instituto teológico del CELAM (Conferencias episcopales latinoamericanas) realiza en 1986 un trabajo de estudio sobre el Camino Neocatecumenal, analizando la teología, antropología, moral, eclesiología y cristología  de las comunidades.
[4] En 1983 el Papa Juan Pablo II presidió en los jardines vaticanos la Misa con los iniciadores del Camino y un grupo de seminaristas surgidos de las comunidades, siguiendo las prácticas habituales de las comunidades, y en 1987 presidió la Eucaristía en Castelgandolfo para enviar las primeras familias del Camino a la misión.
[5] “Deseo sobre todo deciros que os quiero, viéndoos en tan gran número, reunidos todos juntos: adultos, jóvenes, muchachos, niños, con vuestros sacerdotes. Os quiero. He seguido con interés las informaciones facilitadas por vuestro presbítero. Debo deciros que no es la primera vez que escucho su palabra y también su entusiasmo por el movimiento neocatecumenal que, al ser “camino”, es también movimiento. Luego he escuchado con interés el testimonio de vuestro primer catequista (…) Pero hay algo más: muchos poseen la fe, pero vosotros habéis recorrido un camino para descubrir vuestra fe, para descubrir el tesoro divino que lleváis en vosotros, en vuestras almas. Y habéis hecho tal descubrimiento descubriendo el misterio del bautismo”S.S Juan Pablo II visita a las comunidades de la parroquia de los Mártires Canadienses de Roma, 2 de noviembre de 1980. Cf L’Osservatore Romano 3-4 de noviembre de 1980, con inclusiones de la grabación.
[6] Cfr. Neocatecumenali, Problema o Sfida Pastorale?  Settimana  n. 31 (6 de septiembre de 1987)
[7] Cfr. Cardenal Martínez Somalo. Ciudad del Vaticano, 19 de diciembre de 1988. Publicado en L’Osservatore Romano el 24 de diciembre de 1988.
[8] Eucharisticum Mysterium (27 y 30) y Actio Pastoralis (ASS 61, 1969, 806-811).
[9] En el 2005 el Sínodo de Obispos sobre la Eucaristía solicitó estudiar la posibilidad de hacer esta práctica extensiva en la Iglesia, como ya preveía el Rito Ambrosiano, para darle mayor importancia al gesto de la paz y poder cumplir con el precepto evangélico  ‘ponerse a bien con el hermano antes de ofrecer una oblación a Dios’. ‘El saludo de paz en la Santa Misarecuerda la proposición- es un signo expresivo de gran valor y profundidad (Cf. Juan 14,27). Sin embargo, en ciertos casos, asume una dimensión que puede resultar problemática, cuando se prolonga demasiado o incluso cuando suscita confusión, justo antes de recibir la Comunión. Quizás sería útil valorar si el signo de la paz no debería situarse en otro momento de la celebración, teniendo en cuenta costumbres antiguas y venerables’.

[10] Centro Diaconal internacional del Camino Neocatecumenal para la nueva evangelización, situado en la localidad italiana de Porto san Giorgio, en la diócesis de Fermo.
[11] En la Eucaristía Juan Pablo II estuvo acompañado como con-celebrante del Prefecto de la Congregación para el Culto, el Cardenal Mons. Martínez Somalo.
[12] Carta dirigida por S.S Juan Pablo II a Mons. Paul Joseph Cordes, encargado ‘ad personam’ para el Camino, como Breve Pontificio sobre las Comunidades Neocatecumenales’. Fechada el 30 de Agosto de 1990, fue publicada en el AAS 82 (1990) pp.1513-1515 y reproducida en el Bolletino de la Sala de Prensa de la Santa Sede (n.355/90 del 10 de septiembre de 1990). En la carta Juan Pablo II reconoce ‘el Camino Neocatecumenal como un itinerario de formación católica, válida para la sociedad y los tiempos de hoy’.
[13] Mons. Ricardo Blázquez. Ecclesia núm. 2508 (29 de diciembre de 1990) pp.34-38 – Comentario a la carta del Papa sobre el reconocimiento del Camino Neocatecumenal.
[14] P. Pedro Farnés - la celebración eucarística en pequeños grupos. Pag. 292. 

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